- Limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno de 00:00 a 06:00 horas
- Se restringe la entrada y salida en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
- Limitación de reunión de grupos de personas en espacios públicos y privados a 6 personas, salvo que sean convivientes.
- Se limita en aforo en lugares de culto cerrados al 40%.
- Se limita el aforo en lugares de culto en espacios al aire libre a 100 personas, se deberá garantizar la distancia de seguridad interpersonal y las normas higiénico sanitarias
Este decreto entrará en vigor a las 00:00 horas del día 30 de octubre y mantendrá su eficacia mientras esté declarado el estado de alarma.