El Consejo de Ministros ha decretado el estado de alarma para hacer frente a la pandemia del Covid-19

  • Se limita la libertad de circulación de las personas desde las 23:00 horas hasta las 6:00 horas. Solo se podrá circular por las causas justificadas establecidas en la norma.
  • Las comunidades autónomas podrán variar la hora de inicio y finalización
  • Las autoridades delegadas serán los presidentes y presidentas de los gobiernos autonómicos, que podrán adoptar otras medidas.

https://www.boe.es/boe/dias/2020/10/25/